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Industriales |
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:: PRODUCTOS :: Industriales
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AVERÍA MAQUINARIA |
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Los seguros de daños, de forma genérica, excluyen los siniestros susceptibles de cobertura bajo la garantía de Avería de Maquinaria, tanto la maquinaria propia del proceso productivo como los equipos electrónicos.
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A través de la garantía de Avería de Maquinaria o de Daños a Equipos Electrónicos, se cubre cualquier daño físico a los equipos asegurados, tanto si es producto de una avería interna como daños externos, excepto exclusiones. Esta garantía permite incluir determinadas máquinas y/o equipos no existiendo la obligatoriedad de asegurar la totalidad de estos.
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DAÑOS MATERIALES |
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Los bienes asegurados son todos los bienes de cualquier naturaleza o descripción en los que el asegurado tenga un interés asegurable y aquellos por los que pueda ser responsable, excepto los excluidos en las condiciones generales y/o particulares de la póliza.
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Modalidad Tradicional |
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Basada en los riesgos nominados: Incendio, Robo, Agua... |
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Sumas aseguradas |
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Los riesgos no nominados quedan excluidos.
Incluye exclusiones por cada riesgo y exclusiones generales. Incluye los gastos necesarios para disminuir las consecuencias del siniestro. | |
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Modalidad Todo Riesgo |
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Cobertura: Daños, pérdidas o daños físicos directos por cualquier causa, excepto las expresamente excluidas.
Criterios de valoración: Para una correcta indemnización es fundamental establecer la cláusula de valoración adecuada, en función de las características de la maquinaria, sector industrial al que corresponde y antigüedad.
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Sumas aseguradas |
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Incluye los gastos necesarios para disminuir las consecuencias del siniestro. |
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Pueden establecerse las siguientes modalidades: |
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Valor de reposición a nuevo |
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Modalidad de Seguro de Daños que consiste en asignar al interés asegurado el valor de reposición en estado de nuevo. |
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Valor convenido |
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Modalidad de Seguro de Daños que consiste en asignar un valor al interés asegurado, sobre la base de una valoración previa de los bienes asegurar, debiendo corresponder a la cláusula de valoración establecida en el contrato de seguro. De esta forma se evita la aplicación de la regla proporcional de común acuerdo con la Entidad Aseguradora. |
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Valor a nuevo (límite porcentual) |
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Modalidad de Seguro de Daños que consiste en sumar un porcentaje del valor de Reposición a Nuevo, al valor real del interés asegurado. Este porcentaje, suele ser de un 30%, sin que la suma de este valor pueda exceder del valor de reposición a nuevo. |
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Valor real |
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Modalidad de Seguro de Daños, que consiste en valorar el interés asegurado por su valor a reposición a nuevo, deduciendo la depreciación por uso. En la depreciación influyen cuestiones como la antigüedad, estado de conservación, obsolescencia, técnica... | | |
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MERCANCÍAS EN TRÁNSITO |
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Esta modalidad de seguro ha sido diseñada para cubrir los bienes en tránsito de su Empresa, con ocasión de su transporte, así como durante las manipulaciones de carga, descarga y estancias intermedias, contra los riesgos que pueden afectarles.
Los transportes a efectos de su seguro, se clasifican en:
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PÉRDIDA DE BENEFICIOS |
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Una vez producido un siniestro que afecte a las garantías de Daños Materiales, la cobertura de Pérdida de Beneficios pretende garantizar la continuidad de la actividad empresarial, indemnizando los gastos que debe seguir soportando la empresa después del siniestro, así como el beneficio neto, todo ello en proporción a la disminución de facturación.
La suma asegurada debe coincidir con el beneficio bruto de la empresa, para ello debe tenerse en cuenta, a la hora de establecer el capital asegurado:
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Suma de los gastos generales |
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Beneficio neto (estimado) de la empresa |
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Gastos extras para minimizar las pérdidas de los beneficios | |
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