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SEGURO DECENAL

Desde que salio la Ley de Ordenación a la Edificación (Ley 53/2002 de 30 de diciembre), todos los promotores y en su defecto los contructores están obligados a la contratación de un seguro DECENAL, si la edificación es para uso privado (viviendas).

La ley exige otras medidas complementarias al Tomador de la póliza y la duración de la cobertura es de 10 años, desde la finalización de la obra.





 
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